RD 1155/2024 art. 65-72

Reagrupación Familiar en España: requisitos y cómo solicitarla

La Reagrupación Familiar permite a un extranjero no comunitario con residencia legal en España traer a sus familiares. El reagrupante debe llevar 1+ año de residencia (renovada), tener ingresos suficientes y vivienda adecuada. Pathway rellena el EX-02 y te guía con el informe de habitabilidad.

Para quién es esta vía

  • El reagrupante es extranjero no comunitario con residencia en España de 1+ año (y renovada)
  • Familiar a reagrupar: cónyuge, pareja registrada, hijos menores o ascendientes dependientes (60+)
  • Ingresos estables y suficientes (en torno al 150% IPREM + 50% por familiar)
  • Vivienda adecuada (informe de habitabilidad)

Documentos que necesitarás

  • Reagrupante: TIE, padrón, contrato/ingresos, NIE
  • Reagrupante: informe de habitabilidad del ayuntamiento
  • Familiar: pasaporte, certificado de matrimonio/nacimiento (apostillado + traducción jurada)
  • Familiar: certificado de antecedentes penales y certificado médico
  • Formulario EX-02 y Tasa 052

Pathway rellena el EX-02 y escribe tu carta de presentación — gratis.

10 minutos. Sin registro. El mismo pack que una gestoría cobra a 350 €.

Empezar diagnóstico gratis →

Preguntas frecuentes

¿Qué ingresos necesita el reagrupante?+

En torno al 150% del IPREM (≈900 €/mes en 2026) para el primer familiar y un 50% IPREM (≈300 €/mes) por cada familiar adicional. Algunas provincias aplican umbrales más altos.

¿Qué es el informe de habitabilidad?+

Un informe del ayuntamiento que acredita que tu vivienda tiene espacio y condiciones suficientes para los familiares. Se solicita en servicios sociales; tarda 30-60 días y a veces requiere inspección.

¿Diferencia entre Reagrupación y Familiar de la UE?+

La Reagrupación es para familiares de un residente no comunitario. La Tarjeta de Familiar de la UE (RD 240/2007) es para familiares de un ciudadano de la UE/EEE/Suiza, y es más rápida y sencilla.

Otras vías

Tip